Calculo de vacaciones truncas: requisitos, límites y puntos clave para conocer tus derechos

calculo vacaciones truncas

El empleo es un derecho y una obligación necesaria para ganarse la vida. Sin embargo, los momentos de descanso, como las vacaciones, también son fundamentales para el bienestar de los trabajadores. Por lo tanto, es importante conocer con precisión ¿qué son las vacaciones truncas y cómo se calculan? En esta publicación explicaremos todo lo relacionado con las vacaciones laborales.

¿Qué son las vacaciones truncas?

Se denominan así a las vacaciones laborales que el trabajador no ha podido tomar por diferentes razones, como la terminación de su relación laboral con la empresa o no haber trabajado lo suficiente para cumplir con el requisito mínimo de 1 año para acceder a este beneficio. Las vacaciones truncas deben pagarse en efectivo en el cálculo de los beneficios sociales para cada trabajador.

¿Cuáles son los requisitos para que un empleado pueda disfrutar de sus vacaciones?

Se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener un año de servicio con el mismo empleador.
  2. Cumplir con un mínimo de días trabajados según la jornada, de la siguiente manera:
  • Para los trabajadores con una jornada laboral de 6 días a la semana, haber trabajado al menos 260 días en ese período.
  • Para los trabajadores con una jornada laboral de 5 días a la semana, haber trabajado al menos 210 días en ese período.
  • En casos en los que se trabaje solo 3 o 4 días a la semana o se hayan tenido paralizaciones temporales autorizadas por la Autoridad Administrativa de Trabajo, los trabajadores tienen derecho a descanso vacacional siempre que no hayan excedido las 10 ausencias injustificadas en ese período.

Puntos importantes que debes saber sobre las vacaciones

Ten en cuenta lo siguiente:

Momento para tomar las vacaciones

El trabajador recibirá sus vacaciones dentro del año siguiente al que haya adquirido el derecho a disfrutarlas. La época para tomar el descanso vacacional será acordada entre el empleador y el trabajador, tomando en cuenta las necesidades de la empresa y los intereses del trabajador. En caso de no llegar a un acuerdo, el empleador tomará la decisión basándose en su autoridad.

División de vacaciones

El trabajador deberá disfrutar de sus vacaciones de manera continua; sin embargo, es posible que solicite al empleador dividir este descanso. En tal caso, deberá presentar una solicitud por escrito al empleador para obtener la autorización. No se permitirán periodos vacacionales menores a 7 días naturales, es decir, no se podrán tomar vacaciones por menos de 7 días consecutivos.

Las vacaciones podrán dividirse de la siguiente manera:

  • Un bloque de al menos 15 días consecutivos.
  • Un periodo de al menos 7 días consecutivos.
  • Un periodo de al menos 8 días consecutivos.
  • El resto de los días podrán disfrutarse en periodos mínimos de 1 día consecutivo.

Adelanto de vacaciones

El trabajador tendrá la posibilidad de tomar un descanso aunque no haya alcanzado el tiempo requerido para recibir las vacaciones. Este descanso podrá ser de al menos 1 día o incluso superar los 30 días consecutivos. Sin embargo, los días de descanso adelantado deberán ser compensados con los días de vacaciones una vez que se haya cumplido el tiempo requerido.

Como requisito previo, se necesita un acuerdo por escrito entre el empleador y el trabajador, en el cual se constate la voluntad del trabajador de tomar el descanso anticipado.

Reducción o venta de vacaciones

El periodo de descanso vacacional puede reducirse de 30 días a 15 días previo acuerdo escrito entre el trabajador y el empleador, recibiendo una compensación económica por los días trabajados.

  • Ejemplo: Días de descanso: 30 días de vacaciones regulares – 15 días vendidos = 15 días de vacaciones.
  • Remuneración a recibir: 1 remuneración por los 30 días de vacaciones + remuneración por los 15 días vendidos = 45 días de remuneración (30 días de vacaciones + 15 días vendidos = 45 días de remuneración).

La compensación por vacaciones

El empleador tiene la responsabilidad de pagar una compensación por el trabajo realizado, otra por las vacaciones adquiridas pero no disfrutadas, y además una indemnización equivalente a la remuneración por no haber tomado el descanso. Esta indemnización no está sujeta al pago o retención de ninguna contribución, sin embargo, no corresponde a los gerentes o representantes de la empresa que hayan decidido no tomar vacaciones.

¿Cómo se calculan las vacaciones truncas?

Para calcular las Vacaciones Truncas se debe tomar como base la última remuneración, de acuerdo con el Art. 104° del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; además, se establece que las vacaciones se computan una vez que se ha cumplido el primer año de servicio de 12 meses.

  • Las vacaciones se otorgan: Por doceavas partes a los 07 meses trabajados – Enero a Julio
  • Remuneración: 12 X 7 meses = Total Vacaciones Truncas
  • Si la remuneración es S/.1500: 12 X 125 = S/. 875.00
  • Vacaciones Truncas a Pagar = S/. 875.00

Límite y porcentaje para deducir el pago de las vacaciones truncas

No hay un límite para deducir el pago de las vacaciones truncas, siendo deducible el 100% del mismo; aplicando la tasa del impuesto correspondiente según el periodo:

  • Tasa hasta 2014 (30%)
  • 2015-2016 (28%)
  • 2017 en adelante (29.5%)

¿Hay diferencia entre las vacaciones truncas y las vacaciones no gozadas?

Sí, aunque pueden parecer similares, se diferencian de la siguiente manera:

  • Las vacaciones truncas se refieren a las vacaciones que no se pudieron tomar debido a no cumplir con el requisito mínimo de 1 año de trabajo.
  • Las vacaciones no gozadas se refieren a cuando el trabajador debía tomar vacaciones pero la empresa no se las concedió en el momento correspondiente.

¿Cuál es el tratamiento contable de las vacaciones truncas?

Las vacaciones truncas sí tienen un tratamiento contable, ya que se registran en los libros contables en el momento en que el trabajador presta servicios en la empresa. Se clasifican como gastos, siguiendo el principio del devengado, a menos que exista una norma que indique que deben ser incluidos en el costo de un activo.

¿Cuál es el tratamiento tributario de las vacaciones truncas?

En el caso del pago por vacaciones truncas, se considera como renta de quinta categoría y es deducible para el impuesto a la renta. Estas deducciones se basan en el inciso v) del artículo 37 de la ley del impuesto a la renta, y pueden ser deducidas en el período en el que se pagan, dentro del plazo establecido por el reglamento para presentar la declaración anual del impuesto a la renta de tercera categoría.

¿Cuántos días de vacaciones tengo derecho?

Según el artículo 10 del Decreto Legislativo 713 y el artículo 11 de su reglamento (D.S N° 012-92-TR), los trabajadores tienen derecho a un período de descanso vacacional de 30 días calendario por cada año de servicio.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio