DAOT Sunat: Todo lo que debes saber sobre su presentación y requisitos

que es el daot

Si tienen alguna duda sobre qué es la DAOT y cómo se presenta, o si les corresponde presentar la DAOT, este artículo les ofrecerá las respuestas que están buscando.

¿Qué es la DAOT y cómo se presenta?

La DAOT SUNAT es la declaración anual de categoría informativa, la cual las empresas deben presentar obligatoriamente cada año para informar sobre las operaciones realizadas con proveedores y clientes.

¿Qué empresas están obligadas a presentar la DAOT Sunat?

  • Las empresas que al 31 de diciembre de 2019 tuvieran la categoría de Principales Contribuyentes.
  • Las empresas que estén obligadas a presentar una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2019: (aquellas cuyo monto de ventas internas supere las 75 UIT o cuyo monto de adquisiciones supere las 75 UIT).
  • Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realizaron operaciones inafectas del IGV en 2019, y que están obligadas a presentar el PDT PLAME si tienen más de 10 trabajadores, deben declararlos en el PDT PLAME dentro del periodo tributario de noviembre de 2019.

Casillas del PDT 621 y/o Declara Fácil para verificar si se superaron las 75 UIT en ingresos y/o adquisiciones

Operaciones a informar en la DAOT Sunat: las empresas deben declarar a cada cliente y proveedor si sus operaciones superan las 2 UIT, las operaciones de menos de 2 UIT no se declaran.

  • Para el ejercicio 2019, el valor de la UIT = S/ 4,200
  • 2 UIT de 2019 = S/ 8,400

DAOT SUNAT: Forma y lugar de presentación

La declaración se presentará utilizando el PDT Operaciones con Terceros – PDT 3500 (versión 3.3):

  • A través de SUNAT Virtual, los contribuyentes que tengan hasta 500 Transacciones con Terceros por informar en el Ejercicio.
  • En caso de situaciones imprevistas o fuerza mayor que temporalmente inhabiliten SUNAT Virtual o SUNAT Operaciones en Línea y impidan a los contribuyentes presentar la Declaración, podrán hacerlo en las instalaciones de la SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente.
  • En las Oficinas de la SUNAT, los contribuyentes con más de 500 Transacciones con Terceros por informar en el Ejercicio.

Para los efectos del segundo párrafo del punto a) y del punto b) del artículo 10° de la Resolución de Superintendencia N°. 024-2002/SUNAT, se tomará en cuenta:

  • Contribuyentes Principales: la presentación de la Declaración se realizará en las instalaciones de la SUNAT donde presentan sus declaraciones mensuales.
  • Contribuyentes Pequeños y Medianos: la presentación de la Declaración se realizará en cualquiera de las instalaciones o en los Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional, correspondientes a la Intendencia Regional u Oficina Zonal de su jurisdicción.

¿Cómo genero el comprobante si no tengo información que declarar?

  • Ingresar a la página web de SUNAT
  • Acceder a Operaciones en línea
  • Completar los datos requeridos
  • Luego ir al menú Mis declaraciones informativas
  • Ingresar a la opción Comprobante de No presentación del DAOT
  • Así obtendrán el Comprobante de No Información que Declarar.

¿Qué transacciones no se declaran en el DAOT?

  • La exportación de bienes y/o servicios, de acuerdo con las regulaciones del Impuesto General a las Ventas (IGV).
  • La utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados.
  • La importación de bienes.
  • Las transacciones que sean retiros de bienes, de acuerdo con las regulaciones del IGV.
  • En las transacciones en las que no exista la obligación de informar el número de RUC o el número del DNI del adquirente o usuario; solo si los comprobantes de pago tienen esa información.
  • Las transacciones realizadas en los períodos en los que el declarante hubiera estado en el Nuevo RUS.
  • Las compras informadas a la SUNAT por entidades del Sector Público en cumplimiento de la obligación establecida en el Decreto Supremo N° 027-2001-EF.
  • Las transacciones informadas a la SUNAT por la obligación establecida en el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, si se informaron las transacciones realizadas en los 12 meses del ejercicio.

Es importante tener en cuenta que una empresa puede estar obligada a presentar el DAOT Sunat si supera las 75 UIT en ventas anuales y/o compras anuales, y si las transacciones con sus clientes y/o proveedores no superan las 2 UIT (S/ 8,400).

  • Solamente tendrán que informar con la Clave Sol, y deberán generar un «Comprobante de no tener información a declarar».

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