En todo tipo de trabajo puede ocurrir algún tipo de accidente. Por eso, es importante conocer qué es y cómo funciona el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCRT).
¿Qué es el SCTR?
Es un seguro obligatorio que todo empleador debe contratar para sus trabajadores, ya sean eventuales o permanentes, que realicen alguna de las actividades consideradas de riesgo según las leyes actuales.
¿Qué actividades de riesgo están incluidas en el SCRT?
- Las actividades extractivas: madera, pesca, petróleo crudo y gas natural, mineral
- Otras actividades comprendidas
- Las actividades industriales: tabaco, sustancias químicas básicas, hierro y acero, y metales no ferrosos
- La manufactura: textiles, cuero y sus sustitutos; madera y corcho; productos químicos, refinerías de petróleo, derivados del petróleo y carbón; productos de plástico, productos de vidrio y otros minerales
- Transporte aéreo
- Servicios médicos y odontológicos
- Construcción de maquinarias
- Electricidad, gas y vapor
- Construcción
- Servicios de saneamiento
- Manipulación de carga – Actividad portuaria
¿Existen otras empresas obligadas a contratar el SCRT?
- Los contratistas y subcontratistas
- Las instituciones de intermediación o proveedores de mano de obra
- Las cooperativas de trabajadores
¿Qué beneficios otorga el SCRT?
El SCRT ofrece tres tipos de cobertura:
- Salud. Cubre la atención médica, farmacéutica, hospitalaria y quirúrgica hasta la completa rehabilitación del trabajador.
- Pensión o Indemnización. Se otorga al trabajador una pensión o indemnización que depende del grado de incapacidad para trabajar y, en caso de fallecimiento, una pensión para sus beneficiarios.
- Gastos de funeral. La Compañía de Seguros reembolsará los gastos a la persona física o jurídica que los haya pagado, hasta el límite establecido por la legislación vigente.
¿Qué debo hacer si tengo alguna discrepancia con la cobertura del SCRT?
- En caso de que la discrepancia se refiera a la condición o grado de invalidez del asegurado, deberás acudir al Instituto Nacional de Rehabilitación. Si no llegas a un acuerdo, puedes recurrir al Centro de Conciliación y Arbitraje de SUSALUD, cuya decisión será vinculante.
- Si las discrepancias son de otro tipo, debes dirigirte directamente al Centro de Conciliación y Arbitraje de SUSALUD.
¿Cómo puedo verificar si mi SCRT está activo?
Antes de consultar sobre tu SCRT, debes acceder al servicio de consulta de comprobantes:
- Ingresa a la página https://www.gob.pe/14658-consultar-comprobantes-de-pago-del-seguro-complementario-de-trabajo-de-riesgo-sctr
- Haz clic en la opción «Consulta tus comprobantes de pago».
- Completa los campos requeridos para encontrar el comprobante electrónico del SCTR que te interesa.
- Pulsa el botón «Buscar».
Si tengo alguna duda, ¿a quién puedo preguntar?
Si tienes alguna duda, puedes comunicarte con ONP Te Escucha al número 01-634-2222 a nivel nacional. El horario de atención es de lunes a viernes de 8 de la mañana a 5:30 de la tarde.
¿Puedo consultar directamente a la aseguradora?
Si conoces la compañía de seguros en la que tu empleador te ha asegurado, puedes realizar la consulta directamente. Por ejemplo:
Si te encuentras en Mafre:
- Accede a su página oficial https://constanciassctr.mapfre.com.pe/#/.
- Completa los datos requeridos.
- Haz clic en el botón «Consultar constancia».
Si te encuentras en Seguros Rímac:
- Accede a su página oficial https://www.rimac.com/trabajadores/sctr-seguro-complementario-trabajo-riesgo.
INDEPENDIENTES
¿Puedo asegurarme en el SCRT si soy trabajador independiente?
Si eres independiente, debes realizar tus propios pagos, los cuales dependerán del nivel de riesgo de la actividad que realices y del valor de la UIT actual.
¿Cómo calculo los porcentajes de aportes al SCRT?
Existen 4 niveles de riesgo con sus respectivos porcentajes de aporte:
- Nivel de riesgo I abarca actividades como limpieza de edificios, servicios sociales de salud, eliminación de desperdicios y aguas residuales. El aporte será del 0.63 % de ½ UIT.
- Nivel de riesgo II abarca industrias manufactureras, suministros de electricidad, gas y agua, transporte, almacenamiento y comunicaciones. El aporte será del 1.23 % de ½ UIT.
- Nivel de riesgo III abarca actividades de extracción de madera, pesca y construcción. El aporte será del 1.53 % de ½ UIT.
- Nivel de riesgo IV abarca actividades de explotación de minas y canteras. El aporte será del 1.83 % de ½ UIT.
El monto de la UIT para el año 2022 se ha establecido en 4,600 soles.