Seguro Vida Ley obligatorio: Beneficios, declaración jurada y guías relacionadas

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La designación de beneficiarios en un seguro de vida de ley obligatorio es uno de los aspectos más importantes del proceso de funcionamiento de dicho seguro. Esto se debe a que es un documento en el cual el trabajador indica quiénes serán las personas que recibirán los beneficios derivados de la contratación de este servicio.

Acompáñanos en esta guía para entender qué es y por qué es tan relevante la designación de beneficiarios. Además, explicaremos qué procedimientos se pueden seguir en caso de que el trabajador asegurado no haya cumplido con dicha designación.

¿Cómo hacer la declaración jurada de beneficiarios del seguro de vida de ley obligatorio?

La declaración jurada de beneficiarios del seguro de vida de ley obligatorio es un documento en el cual el trabajador especifica quién recibirá los beneficios de la póliza. Es decir, las personas autorizadas para recibir la indemnización en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado.

Sin embargo, este trámite debe llevarse a cabo según lo establecido en la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales en el Artículo 1° del Decreto Legislativo N.º 668.

Por lo tanto, es importante que la declaración jurada de beneficiarios cuente con la firma legalizada del trabajador asegurado. De esta manera, tendrá validez entre la empresa empleadora y la compañía aseguradora.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Para el trabajador, hay dos categorías que pueden ser beneficiarios de este tipo de póliza: el cónyuge o conviviente y los descendientes (hijos). Estas personas deben ser especificadas correctamente en la declaración jurada de beneficiarios, la cual debe ser entregada al empleador durante el proceso de contratación.

En caso de que el trabajador asegurado no cumpla con estas condiciones, las indemnizaciones serán canalizadas hacia sus familiares más cercanos. En primer lugar, se consideran los ascendientes, es decir, los padres. También pueden ser considerados los hermanos menores de 18 años o aquellos que tengan alguna discapacidad moderada.

Finalmente, si después de un año del fallecimiento del asegurado no se reclaman los beneficios, la entidad empleadora tiene derecho a adquirir dicha indemnización.

¿Cuáles son los beneficios del Seguro Vida Ley?

Este seguro ha sido creado con el objetivo de proporcionar beneficios económicos a los familiares designados en la declaración jurada de beneficiarios del Seguro de Vida Ley obligatorio. En este sentido, este servicio ofrece coberturas como las siguientes:

  • En caso de fallecimiento natural, los beneficiarios o familiares designados recibirán el equivalente a 16 salarios mensuales. Para ello, se toma en cuenta el último trimestre antes de la muerte.
  • En caso de muerte accidental, los beneficiarios recibirán el equivalente a 32 salarios mensuales. Este cálculo se basa en el último mes previo al accidente.
  • En caso de invalidez total o permanente, se otorgan 32 salarios mensuales. Sin embargo, el beneficiario directo será el trabajador asegurado. De igual manera, se considera el mes anterior al accidente para calcular los salarios.

¿Cómo solicitar los beneficios del Seguro Vida Ley obligatorio?

El procedimiento para solicitar los beneficios de este seguro dependerá del tipo de cobertura que se desee reclamar.

En caso de fallecimiento, es necesario que el o los beneficiarios tengan la declaración jurada de beneficiarios del Seguro de Vida Ley obligatorio, así como los siguientes documentos:

  • Acta de defunción.
  • Certificado médico de defunción.
  • Copia del DNI del trabajador asegurado.
  • Declaración jurada de beneficiarios con firma legalizada.
  • Copia del DNI de los beneficiarios.
  • Acta de matrimonio o declaración judicial de unión de hecho.
  • Las últimas 3 boletas de pago anteriores al fallecimiento.

Además, si la muerte es consecuencia de un accidente, también se debe incluir el atestado policial completo, el protocolo de autopsia y el resultado del examen toxicológico.

El Seguro de Vida Ley es un contrato obligatorio para todos los trabajadores, tanto del sector público como del privado. Este seguro debe activarse desde el momento en que se contrata al colaborador.

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